Elaboración de Planes de Seguridad y Salud

En PROVILACOR tenemos una gran experiencia en la redacción de planes de seguridad y salud.

OBLIGATORIEDAD DE PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD:

De acuerdo al artículo 7 del RD 1627/1997, la obligación de la elaboración del PSS corresponde al contratista, entendiendo por el contratista, la persona física o jurídica que asume contractualmente ante el promotor, con medios humanos y materiales, propios o ajenos, el compromiso de ejecutar la totalidad o parte de las obras con sujeción al proyecto y al contrato.

Cada contratista elaborará un PSS. Ello es imprescindible porque sólo el contratista conoce exactamente el sistema mediante el cual se va a ejecutar la obra. Dicho plan de seguridad y salud constituye el instrumento básico de evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva de la obra. El contenido del PSS se ajustará perfectamente a la realidad de la obra.

El PSS deberá ser elaborado y aprobado previo al inicio de los trabajos.

 

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies