En PROVILACOR tenemos una gran experiencia en la redacción de estudios y estudios básicos de seguridad y salud.
OBLIGATORIEDAD DE ESTUDIOS Y ESTUDIOS BÁSICOS DE SEGURIDAD Y SALUD:
De acuerdo al artículo 4 del RD 1627/1997, el promotor encargará la redacción de un estudio de seguridad y salud en aquellos proyectos en los que se de alguno de los siguientes supuestos:
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Que el presupuesto ejecución por contrata incluido en el proyecto sea igual o superior a 450.759,08 euros.
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Que la duración estimada sea superior a 30 días laborables, empleándose en algún momento a más de 20 trabajadores simultáneamente.
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Que el volumen de mano de obra estimada, entendiendo por tal la suma de los días de trabajo del total de los trabajadores en la obra, sea superior a 500. Las obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas.
En los proyectos de obras no incluidos en ninguno de los supuestos previstos en el apartado anterior, el promotor estará obligados a que se elabore un estudio básico de seguridad y salud en la fase de redacción de proyecto.
Los contenidos obligatorios están definidos en el artículo 5.2 del RD 1627/1997.